Fuente: https://bit.ly/2m15gIg
El artículo 89 de nuestra Carta Magna en su fracción X establece los principios bajo los cuales el jefe de Estado conducirá las relaciones internacionales de México, y a la letra dice:
Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;…
México es un país que pugna por el camino de la paz para solventar las diferencias que se susciten tanto al interior como al exterior de sus fronteras. A lo largo de su historia, nuestra nación se ha caracterizado por privilegiar el respeto y el diálogo en las relaciones internacionales e incluso ha fungido como mediadora en algunos conflictos entre países de América Latina –se recuerdan la firma de los Acuerdos de Paz de Chapultepec el 16 de enero de 1992, con los cuales finalizó la guerra civil en el Salvador y la creación, a iniciativa mexicana, del Grupo Contadora junto con Colombia, Venezuela y Panamá; cuyo fin fue promover la paz en Centroamérica en 1983.
La Doctrina Estrada, dada a conocer el 27 de septiembre de 1930 durante el mandato de Pascual Ortiz Rubio, fue producto de las reflexiones de Genaro Estrada Félix, quien en ese momento era el Secretario de Relaciones Exteriores. Sus postulados contemplan algunas directrices mediante las cuales México se presentaría en el plano internacional: por un lado, se pronunció en contra del colonialismo y el abuso del poder, la explotación económica y el intervencionismo de las potencias europeas y de Estados Unidos, específicamente en países de América Latina y por el otro, exploró la posibilidad de vincular a nuestro país con otras naciones para generar principios y premisas compartidas sobre el ejercicio de la política exterior[1].
La Doctrina Estrada hace énfasis en el principio de la no intervención; al respecto Genaro Estrada comentó: “México se limita a mantener o retirar, cuando lo considere procedente a sus agentes diplomáticos […] sin calificar, ni precipitadamente, ni a posteriori, el derecho que tengan las naciones extranjeras para aceptar, mantener o sustituir a sus gobiernos o autoridades”.[2]
Tal postulado refiere al respeto irrestricto de la autonomía e independencia de las otras naciones, reflejadas en la facultad de elegir libremente la forma de gobierno en atención a su propia cultura e idiosincrasia, sin injerencias o intervenciones de ningún tipo por parte de Estados extranjeros[3].
En buena medida la Doctrina Estrada se consolidó durante los gobiernos posrevolucionarios, debido a la necesidad que se tuvo de limitar o erradicar las injerencias de otros países en el desarrollo de la política interior mexicana[4], como ocurriera durante la construcción de la república en el convulso siglo XIX. No fue sino hasta el sexenio de Miguel de la Madrid cuando se propuso elevar las premisas fundamentales de política exterior a rango constitucional.
El 9 de noviembre de 1987 la Cámara Alta del Congreso discutió la iniciativa enviada por el presidente; en esta se argumentó que México, ante los conflictos surgidos en un Estado extranjero, entiende que ningún interés externo está legitimado para imponer su voluntad[5] y además:
Por el papel que México desempeña en el contexto internacional y la manera firme y perseverante con la que el país ha venido sustentando los principios esenciales de la política exterior, resulta importante que éstos figuren en el texto de la ley fundamental. Ciertamente, dichos principios son coincidentes con el espíritu del constituyente; empero, la trascendencia que tiene la política exterior para el Estado mexicano exige que la incorporación sea explícita.[6]
De esta manera, los principios de la Doctrina Estrada se elevaron a rango constitucional de manera oficial el 11 de mayo de 1988, fecha en que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones constitucionales del artículo 89 fracción X; posteriormente, con el trascendental paquete de reformas de 2011, a los aspectos fundamentales de política exterior se agregó el respeto, protección y promoción de los derechos humanos.
[1] Pereznieto Castro, Leonel, “La Doctrina Estrada. Una nota para su relectura”, disponible en https://bit.ly/2mjPgRS, consultado el 18-09-2019.
[2] Genaro Estrada citado en Leal Sanabria, José Luis, “La mutación constitucional del principio de no intervención constitucional”, en Cuestiones Constitucionales, núm. 35, 2016. Universidad Nacional Autónoma de México, disponible en https://bit.ly/2kQnFr2, consultado el 18-09-2019.
[3] Pereznieto Castro, Leonel, op. cit.
[4] Ibíd.
[5] Leal Sanabria, José Luis, op.cit.
[6] Ibíd.