Fuente: https://bit.ly/2HhmzQd

Hace doscientos seis años se publicó uno de los textos constitucionales fundamentales en lo que hoy es territorio mexicano: El Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, comúnmente conocido como la Constitución de Apatzingán, el cual fue aprobado el 22 de octubre de 1814 por el Congreso de Anáhuac; asamblea promovida por el entonces líder de la insurgencia José María Morelos.

El contenido del documento elaborado por el constitucionalismo insurgente reflejó la postura del Congreso para eliminar cualquier vicio de poder absolutista, de la misma manera que lo habían hecho dos años antes en la península los encargados de elaborar la Constitución de Cádiz. La Constitución de Apatzingán, además de declarar la independencia del territorio novohispano, estableció un régimen de carácter republicano en el que se vislumbró una división de poderes[1] acorde a las propuestas propias del periodo de la ilustración.

El contenido del texto, de acuerdo con la visión de los propios redactores[2], se dividía en 8 aspectos importantes:

1) la profesión exclusiva de la fe católica;

2) la soberanía de la nación;

3) los derechos del pueblo;

4) la dignidad del hombre;

5) la igualdad, seguridad, propiedad y libertad de las que deben gozar los ciudadanos;

6) los límites de las autoridades;

7) la responsabilidad de los funcionarios y

8) el carácter de las leyes.

En opinión de uno de los pensadores liberales mexicanos más sobresalientes de la época, José María Luis Mora, el documento elaborado por el Congreso de Anáhuac concentró todo el espíritu liberal[3], boyante en el viejo continente, para permear el primer gran proyecto de construcción del Estado-Nación moderno en lo ahora es México.

No obstante, por las condiciones políticas convulsas del periodo, el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana cayó en el olvido, ya que, aunque fue promulgado, no tuvo vigencia real en el territorio del Virreinato; por otro lado, vale decir que no se observa una influencia directa de su contenido en la redacción de la primera Constitución Federal del México independiente, por parte del Congreso Constituyente de 1824.

 

[1] Carpizo, Jorge, “La república democrática en la Constitución mexicana”, en Boletín Mexicano de Derecho Comparado, vol. XLIV, núm. 132, septiembre-diciembre, 2011. Universidad Nacional Autónoma de México. Distrito Federal. P. 1055

[2] Breña, Roberto, “La Constitución de Cádiz y la Nueva España: Cumplimientos e incumplimientos), en Historia Constitucional, núm. 13, septiembre 2012. Universidad de Oviedo. Oviedo, España. P. 374

[3] Ibíd.

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